Las ayudas a la renta para los agricultores y ganaderos afectados por la dana están exentas del IRPF y del Impuesto de Sociedades

Las ayudas habilitadas por el Gobierno a la renta de los agricultores y ganaderos afectados por la dana, que recibirán a fondo perdido, estarán exentas de tributación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Sociedades, por lo que los importes que correspondan no estarán sujetos a ninguna deducción. (Fuente: FAO) Información adicional Piden comenzar a limpiar los huertos, arrozales y acequias de escombros y barro para recuperar la Albufera y preparar el terreno para sembrar. (Fuente: Agroinformación)

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